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Ley 2/2007 Asturias — Policías Locales
Ley 2/2007, de 23 de marzo, de Coordinación de las Policías Locales (Principado de Asturias)
BOE-A-2007-13686
Ley autonómica de coordinación de las Policías Locales del Principado de Asturias: régimen general de los Cuerpos de Policía Local (naturaleza, principios de actuación, uniformidad y armamento); coordinación (normas-marco, Comisión de Coordinación); estructura y organización interna (escalas, categorías, jefatura, vigilantes municipales y auxiliares de policía); régimen estatutario (derechos, deberes y régimen disciplinario); y acceso, promoción y formación (Escuela de Seguridad Pública del Principado de Asturias).
- Publicación BOE
- 16/07/2007
- Entrada en vigor
- 30/04/2007
Estructura
- Artículos
- 36
- Estructura
- 5 capítulos
- Disposiciones
- 9
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Transitorias
Derogatorias
Índice de estudio
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- Capítulo I — De las Policías Locales(arts. 1 a 8)→ Ver texto completo (pág. 5)
Objeto y ámbito de aplicación, naturaleza y estructura de los Cuerpos, gestión directa, creación de Cuerpos, ámbito territorial, principios básicos de actuación, uniformidad/identificación y armamento/medios técnicos.
- Capítulo II — De la Coordinación de las Policías Locales(arts. 9 a 16)→ Ver texto completo (pág. 7)
Concepto y funciones de coordinación, normas-marco, órganos competentes y Comisión de Coordinación de las Policías Locales (composición, funcionamiento y funciones).
- Capítulo III — Estructura y organización interna(arts. 17 a 24)→ Ver texto completo (pág. 10)
Escalas y categorías, funciones, grupos de clasificación, plantillas, jefatura del Cuerpo, vigilantes municipales y auxiliares de policía.
- Capítulo IV — Régimen estatutario(arts. 25 a 30)→ Ver texto completo (pág. 14)
Disposiciones estatutarias comunes, derechos, deberes, condecoraciones/honores/distinciones, jubilación y normativa aplicable.
- Capítulo V — Acceso, promoción y formación(arts. 31 a 36)→ Ver texto completo (pág. 16)
Selección, requisitos generales de ingreso, sistemas selectivos, promoción interna/movilidad/turno libre, comisión de servicios funcional y Escuela de Seguridad Pública del Principado de Asturias.
Puntos clave
- Publicada en el BOPA núm. 82, de 10/04/2007 (BOE núm. 169, de 16/07/2007); entrada en vigor a los 20 días de su publicación en el BOPA, el 30/04/2007.
- Art. 13-16: Comisión de Coordinación de las Policías Locales, órgano central de la coordinación autonómica, con funciones consultivas y de coordinación.
- Arts. 23-24: distingue los vigilantes municipales y los auxiliares de policía de los Cuerpos de Policía Local propiamente dichos.
- Art. 36: la Escuela de Seguridad Pública del Principado de Asturias como centro de formación de las Policías Locales asturianas.
- Art. 32-34 (cap. V): requisitos de ingreso, sistemas selectivos y vías de promoción interna, movilidad y turno libre.

