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LOTT

Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres

BOE-A-1987-17803

Ley básica estatal que ordena los transportes terrestres por carretera y ferrocarril: ámbito, principios, coordinación administrativa, régimen de los distintos servicios y actividades, actividades auxiliares y complementarias, y régimen sancionador. El ROTT (RD 1211/1990) la desarrolla reglamentariamente.

Publicación BOE
31/07/1987
Entrada en vigor
01/08/1987

Estructura

Artículos
149
Estructura
Título preliminar + 6 títulos
Disposiciones
28
  • 14 adicionales
  • 11 transitorias
  • 1 derogatorias
  • 2 finales

Índice de estudio

  • Título Preliminar Título preliminar(arts. 1 a 11)

    Ámbito de aplicación, principios generales, competencias y coordinación interadministrativa.

    • Capítulo I Ámbito de aplicación(arts. 1 a 2)

      Ámbito de aplicación de la ley.

    • Capítulo II Principios generales(arts. 3 a 4)

      Principios generales de ordenación del transporte.

    • Capítulo III Régimen de competencias y coordinación de las mismas(arts. 5 a 8)

      Distribución y coordinación de competencias.

    • Capítulo IV Órganos de coordinación interadministrativa(arts. 9 a 11)

      Órganos de coordinación entre administraciones.

  • Título I Disposiciones comunes a los diferentes modos de transporte terrestre(arts. 12 a 41)

    Directrices generales, programación, régimen económico-financiero, coordinación, inspección y usuarios.

    • Capítulo I Directrices generales(arts. 12 a 14)

      Directrices generales del transporte terrestre.

    • Capítulo II Programación y planificación(arts. 15 a 16)

      Programación y planificación del transporte.

    • Capítulo III Régimen económico-financiero de los servicios y actividades de transporte terrestre(arts. 17 a 24)

      Régimen económico-financiero de servicios y actividades.

    • Capítulo IV Coordinación entre los distintos modos de transporte terrestre y transporte combinado(arts. 25 a 28)

      Coordinación intermodal y transporte combinado.

    • Capítulo V Coordinación del sistema de transportes con las necesidades de la defensa y protección civil(arts. 29 a 31)

      Coordinación con defensa y protección civil.

    • Capítulo VI La inspección del transporte terrestre(arts. 32 a 35)

      Inspección del transporte terrestre.

    • Capítulo VII El Consejo Nacional de Transportes Terrestres(art. 36)

      Consejo Nacional de Transportes Terrestres.

    • Capítulo VIII Juntas Arbitrales del Transporte(arts. 37 a 38)

      Juntas Arbitrales del Transporte.

    • Capítulo IX Los usuarios del transporte(arts. 39 a 41)

      Derechos y obligaciones de los usuarios.

  • Título II Disposiciones de aplicación general a los transportes por carretera y a las actividades auxiliares y complementarias de los mismos(arts. 42 a 61)

    Condiciones de ejercicio de la actividad y colaboración con la Administración.

    • Capítulo I Condiciones para el ejercicio del transporte y de las actividades auxiliares y complementarias del mismo(arts. 42 a 56)

      Condiciones personales, títulos habilitantes y requisitos generales.

    • Capítulo II Colaboración con la Administración y cooperación entre empresas(arts. 57 a 61)

      Colaboración administrativa y cooperación empresarial.

  • Título III De los servicios y actividades del transporte por carretera(arts. 62 a 118)

    Clasificación, transportes regulares, discrecionales, privados, internacionales, turísticos y urbanos.

    • Capítulo I Clasificación(arts. 62 a 66)

      Clasificación de los transportes por carretera.

    • Capítulo II Los transportes públicos regulares de viajeros(arts. 67 a 89)

      Transportes regulares permanentes y temporales de viajeros.

    • Capítulo III Los transportes públicos discrecionales de viajeros y mercancías(arts. 90 a 99)

      Disposiciones comunes y específicas del transporte discrecional.

    • Capítulo IV Los transportes privados(arts. 100 a 105)

      Régimen de los transportes privados.

    • Capítulo V El transporte internacional(arts. 106 a 109)

      Régimen del transporte internacional.

    • Capítulo VI Los transportes turísticos(arts. 110 a 112)

      Régimen de los transportes turísticos.

    • Capítulo VII Los transportes urbanos(arts. 113 a 118)

      Régimen de los transportes urbanos.

  • Título IV Actividades auxiliares y complementarias del transporte por carretera(arts. 119 a 137)

    Mediación, centros de información y distribución de cargas, almacenistas, transitarios, estaciones y arrendamiento.

    • Capítulo I Actividades de mediación(arts. 119 a 123)

      Actividades de mediación en el transporte.

    • Capítulo II Centros de información y distribución de cargas(art. 124)

      Centros de información y distribución de cargas.

    • Capítulo III Almacenistas-distribuidores(art. 125)

      Régimen de almacenistas-distribuidores.

    • Capítulo IV Transitarios(art. 126)

      Régimen de los transitarios.

    • Capítulo V Estaciones de transporte por carretera(arts. 127 a 132)

      Régimen de las estaciones de transporte.

    • Capítulo VI Arrendamiento de vehículos(arts. 133 a 137)

      Régimen del arrendamiento de vehículos.

  • Título V Régimen sancionador y de control de los transportes terrestres, y de sus actividades auxiliares y complementarias(arts. 138 a 149)

    Régimen sancionador e instrumentos de control del transporte terrestre.

    • Capítulo I Régimen sancionador(arts. 138 a 146)

      Infracciones, sanciones y procedimiento sancionador.

    • Capítulo II Instrumentos de control(arts. 147 a 149)

      Instrumentos de control del transporte terrestre.

  • Título VI El transporte ferroviario

    Sin artículos actualmente en vigor en el texto consolidado (competencias transferidas a normativa ferroviaria posterior).

Puntos clave

  • Publicada en el BOE el 31/07/1987 (núm. 182); entrada en vigor al día siguiente de su publicación (01/08/1987).
  • 149 artículos: título preliminar + 6 títulos (I a VI) — el Título VI (transporte ferroviario) no tiene artículos en vigor en el texto consolidado.
  • Norma matriz desarrollada reglamentariamente por el ROTT (RD 1211/1990).
  • El Título V regula el régimen sancionador y los instrumentos de control del transporte terrestre.