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LOTT
Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres
BOE-A-1987-17803
Ley básica estatal que ordena los transportes terrestres por carretera y ferrocarril: ámbito, principios, coordinación administrativa, régimen de los distintos servicios y actividades, actividades auxiliares y complementarias, y régimen sancionador. El ROTT (RD 1211/1990) la desarrolla reglamentariamente.
- Publicación BOE
- 31/07/1987
- Entrada en vigor
- 01/08/1987
Estructura
- Artículos
- 149
- Estructura
- Título preliminar + 6 títulos
- Disposiciones
- 28
- 14 adicionales
- 11 transitorias
- 1 derogatorias
- 2 finales
Índice de estudio
Título Preliminar — Título preliminar(arts. 1 a 11)
Ámbito de aplicación, principios generales, competencias y coordinación interadministrativa.
Capítulo I — Ámbito de aplicación(arts. 1 a 2)
Ámbito de aplicación de la ley.
Capítulo II — Principios generales(arts. 3 a 4)
Principios generales de ordenación del transporte.
Capítulo III — Régimen de competencias y coordinación de las mismas(arts. 5 a 8)
Distribución y coordinación de competencias.
Capítulo IV — Órganos de coordinación interadministrativa(arts. 9 a 11)
Órganos de coordinación entre administraciones.
Título I — Disposiciones comunes a los diferentes modos de transporte terrestre(arts. 12 a 41)
Directrices generales, programación, régimen económico-financiero, coordinación, inspección y usuarios.
Capítulo I — Directrices generales(arts. 12 a 14)
Directrices generales del transporte terrestre.
Capítulo II — Programación y planificación(arts. 15 a 16)
Programación y planificación del transporte.
Capítulo III — Régimen económico-financiero de los servicios y actividades de transporte terrestre(arts. 17 a 24)
Régimen económico-financiero de servicios y actividades.
Capítulo IV — Coordinación entre los distintos modos de transporte terrestre y transporte combinado(arts. 25 a 28)
Coordinación intermodal y transporte combinado.
Capítulo V — Coordinación del sistema de transportes con las necesidades de la defensa y protección civil(arts. 29 a 31)
Coordinación con defensa y protección civil.
Capítulo VI — La inspección del transporte terrestre(arts. 32 a 35)
Inspección del transporte terrestre.
Capítulo VII — El Consejo Nacional de Transportes Terrestres(art. 36)
Consejo Nacional de Transportes Terrestres.
Capítulo VIII — Juntas Arbitrales del Transporte(arts. 37 a 38)
Juntas Arbitrales del Transporte.
Capítulo IX — Los usuarios del transporte(arts. 39 a 41)
Derechos y obligaciones de los usuarios.
Título II — Disposiciones de aplicación general a los transportes por carretera y a las actividades auxiliares y complementarias de los mismos(arts. 42 a 61)
Condiciones de ejercicio de la actividad y colaboración con la Administración.
Capítulo I — Condiciones para el ejercicio del transporte y de las actividades auxiliares y complementarias del mismo(arts. 42 a 56)
Condiciones personales, títulos habilitantes y requisitos generales.
Capítulo II — Colaboración con la Administración y cooperación entre empresas(arts. 57 a 61)
Colaboración administrativa y cooperación empresarial.
Título III — De los servicios y actividades del transporte por carretera(arts. 62 a 118)
Clasificación, transportes regulares, discrecionales, privados, internacionales, turísticos y urbanos.
Capítulo I — Clasificación(arts. 62 a 66)
Clasificación de los transportes por carretera.
Capítulo II — Los transportes públicos regulares de viajeros(arts. 67 a 89)
Transportes regulares permanentes y temporales de viajeros.
Capítulo III — Los transportes públicos discrecionales de viajeros y mercancías(arts. 90 a 99)
Disposiciones comunes y específicas del transporte discrecional.
Capítulo IV — Los transportes privados(arts. 100 a 105)
Régimen de los transportes privados.
Capítulo V — El transporte internacional(arts. 106 a 109)
Régimen del transporte internacional.
Capítulo VI — Los transportes turísticos(arts. 110 a 112)
Régimen de los transportes turísticos.
Capítulo VII — Los transportes urbanos(arts. 113 a 118)
Régimen de los transportes urbanos.
Título IV — Actividades auxiliares y complementarias del transporte por carretera(arts. 119 a 137)
Mediación, centros de información y distribución de cargas, almacenistas, transitarios, estaciones y arrendamiento.
Capítulo I — Actividades de mediación(arts. 119 a 123)
Actividades de mediación en el transporte.
Capítulo II — Centros de información y distribución de cargas(art. 124)
Centros de información y distribución de cargas.
Capítulo III — Almacenistas-distribuidores(art. 125)
Régimen de almacenistas-distribuidores.
Capítulo IV — Transitarios(art. 126)
Régimen de los transitarios.
Capítulo V — Estaciones de transporte por carretera(arts. 127 a 132)
Régimen de las estaciones de transporte.
Capítulo VI — Arrendamiento de vehículos(arts. 133 a 137)
Régimen del arrendamiento de vehículos.
Título V — Régimen sancionador y de control de los transportes terrestres, y de sus actividades auxiliares y complementarias(arts. 138 a 149)
Régimen sancionador e instrumentos de control del transporte terrestre.
Capítulo I — Régimen sancionador(arts. 138 a 146)
Infracciones, sanciones y procedimiento sancionador.
Capítulo II — Instrumentos de control(arts. 147 a 149)
Instrumentos de control del transporte terrestre.
Título VI — El transporte ferroviario
Sin artículos actualmente en vigor en el texto consolidado (competencias transferidas a normativa ferroviaria posterior).
Puntos clave
- Publicada en el BOE el 31/07/1987 (núm. 182); entrada en vigor al día siguiente de su publicación (01/08/1987).
- 149 artículos: título preliminar + 6 títulos (I a VI) — el Título VI (transporte ferroviario) no tiene artículos en vigor en el texto consolidado.
- Norma matriz desarrollada reglamentariamente por el ROTT (RD 1211/1990).
- El Título V regula el régimen sancionador y los instrumentos de control del transporte terrestre.

