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Ley SOA
Texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (RDL 8/2004)
BOE-A-2004-18911
Conocida en la calle como Ley SOA (Seguro Obligatorio de Automóviles). Nombre oficial: Texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (RDL 8/2004), también citada como LRCSCVM. Ordena la responsabilidad civil, el seguro obligatorio, el baremo de daños personales y la protección de datos en la circulación.
- Publicación BOE
- 05/11/2004
- Entrada en vigor
- 06/11/2004
Estructura
- Artículos
- 150
- Estructura
- 5 títulos
- Disposiciones
- 5
- Anexos
- 1
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Adicionales
Transitorias
Derogatorias
Índice de estudio
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- Título I — Ordenación civil(arts. 1 a 11)→ Ver texto completo (pág. 13)
Responsabilidad civil, seguro obligatorio e indemnización en el ámbito del seguro.
- Capítulo I — Disposiciones generales(art. 1)→ Ver texto completo (pág. 13)
Responsabilidad civil y definición de vehículo a motor.
- Capítulo II — Del aseguramiento obligatorio(arts. 2 a 6)→ Ver texto completo (pág. 15)
Deber de asegurarse, ámbito y exclusiones.
- Capítulo III — Satisfacción de la indemnización en el ámbito del seguro obligatorio(arts. 7 a 11)→ Ver texto completo (pág. 19)
Obligaciones del asegurador, mora, repetición y Consorcio.
- Capítulo I — Disposiciones generales(art. 1)→ Ver texto completo (pág. 13)
- Título II — Ordenamiento procesal civil(arts. 12 a 19)→ Ver texto completo (pág. 26)
Ejercicio judicial de la acción ejecutiva contra aseguradores.
- Capítulo Único — Del ejercicio judicial de la acción ejecutiva(arts. 12 a 19)→ Ver texto completo (pág. 26)
Procedimiento, reclamación y títulos ejecutivos.
- Capítulo Único — Del ejercicio judicial de la acción ejecutiva(arts. 12 a 19)→ Ver texto completo (pág. 26)
- Título III — De los siniestros ocurridos en un Estado distinto al de residencia del perjudicado, en relación con el aseguramiento obligatorio(arts. 20 a 31)→ Ver texto completo (pág. 28)
Representantes, organismos de información e indemnización y cooperación internacional.
- Capítulo I — Ámbito de aplicación(art. 20)→ Ver texto completo (pág. 28)
Supuestos de siniestros transfronterizos.
- Capítulo II — Representante encargado de la tramitación y liquidación en el país de residencia del perjudicado de los siniestros ocurridos en un Estado distinto al de residencia de este último(arts. 21 a 23)→ Ver texto completo (pág. 28)
Designación y procedimientos de reclamación.
- Capítulo III — Organismo de información(arts. 24 a 25)→ Ver texto completo (pág. 29)
Designación y funciones del organismo de información.
- Capítulo IV — Organismo de indemnización(arts. 26 a 29)→ Ver texto completo (pág. 30)
Ofesauto, repetición y vehículos no identificados.
- Capítulo V — Colaboración y acuerdos entre organismos. Ley aplicable y jurisdicción competente(arts. 30 a 31)→ Ver texto completo (pág. 32)
Cooperación internacional y ley aplicable.
- Capítulo I — Ámbito de aplicación(art. 20)→ Ver texto completo (pág. 28)
- Título IV — Sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación(arts. 32 a 143)→ Ver texto completo (pág. 33)
Baremo de indemnización por muerte, secuelas y lesiones temporales.
- Capítulo I — Criterios generales para la determinación de la indemnización del daño corporal(arts. 32 a 60)→ Ver texto completo (pág. 33)
Principios, definiciones y bases actuariales del baremo.
- Capítulo II — Reglas para la valoración del daño corporal(arts. 61 a 143)→ Ver texto completo (pág. 38)
Indemnizaciones por muerte, secuelas y lesiones temporales.
- Capítulo I — Criterios generales para la determinación de la indemnización del daño corporal(arts. 32 a 60)→ Ver texto completo (pág. 33)
- Título V — Protección de datos personales(arts. 144 a 150)→ Ver texto completo (pág. 58)
Tratamiento de datos en el seguro y sistemas comunes de información.
- Capítulo I — Disposiciones generales(arts. 144 a 147)→ Ver texto completo (pág. 58)
Tratamiento de datos en contrato y siniestros.
- Capítulo II — Sistemas comunes de información(arts. 148 a 150)→ Ver texto completo (pág. 61)
Sistemas de información y prevención del fraude.
- Capítulo I — Disposiciones generales(arts. 144 a 147)→ Ver texto completo (pág. 58)
Puntos clave
- Publicado el 05/11/2004; entrada en vigor el 06/11/2004.
- 5 Títulos, 150 artículos, 1 anexo (baremo) y disposición transitoria + 2 finales del texto refundido.
- El Consorcio interviene en supuestos de vehículos sin seguro o desconocidos.

