RC y Seguro
Real Decreto Legislativo de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor (SOA)
12 resultados
Circular el vehículo personal ligero sin que su propietario tenga suscrito y mantenga en vigor un contrato de seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de su circulación. (Indicar número de identificación del VPL).
Nota: Para VPL con certificado de circulación inscritos en el Registro Nacional de Vehículos con número de identificación (anexo II del RGVeh. y d.a. 1ª de la Ley 5/2025) que circulan sin seguro obligatorio.
Incumplir el propietario de un vehículo personal ligero la obligación de suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de su circulación. (Indicar número de identificación (M0000BBB) del VPL).
Nota: Para VPL con certificado de circulación inscritos en el Registro de Vehículos con número de identificación que carecen de seguro obligatorio.
Circular el vehículo reseñado sin que conste que su propietario tenga suscrito y mantenga en vigor un contrato de seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de su circulación. (Ciclomotores. Se requiere permiso de la clase AM. El agente constatará que la última anotación de seguro vigente en FIVA es de [fecha]).
Nota: Causa de posible inmovilización y depósito del vehículo (art. 104 y 105 LSV y 3 RDL 8/2004).
Circular el vehículo reseñado sin que conste que su propietario tenga suscrito y mantenga en vigor un contrato de seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de su circulación. (Motocicletas. Se requiere permiso de las clases A2, A1 o A. El agente constatará que la última anotación de seguro vigente en FIVA es de [fecha]).
Nota: Causa de posible inmovilización y depósito del vehículo (art. 104 y 105 LSV y 3 RDL 8/2004).
Circular el vehículo reseñado sin que conste que su propietario tenga suscrito y mantenga en vigor un contrato de seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de su circulación. (Turismos. Se requiere el permiso de la clase B. El agente constatará que la última anotación de seguro vigente en FIVA es de [fecha]).
Nota: Causa de posible inmovilización y depósito del vehículo (art. 104 y 105 LSV y 3 RDL 8/2004).
Circular el vehículo reseñado sin que conste que su propietario tenga suscrito y mantenga en vigor un contrato de seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de su circulación. (Vehículos tercera categoría. Se requiere el permiso de las clases C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E. El agente constatará que la última anotación de seguro vigente en FIVA es de [fecha]).
Nota: Causa de posible inmovilización y depósito del vehículo (art. 104 y 105 LSV y 3 RDL 8/2004).
Incumplir el propietario del vehículo reseñado la obligación de suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de su circulación. (Ciclomotores. Se exige permiso de la clase AM).
Incumplir el propietario del vehículo reseñado la obligación de suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de su circulación. (Motocicletas. Se exige el permiso de las clases A2, A1 o A).
Incumplir el propietario del vehículo reseñado la obligación de suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de su circulación. (Turismos. Se exige el permiso de la clase B).
Incumplir el propietario del vehículo reseñado la obligación de suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de su circulación. (Vehículos tercera categoría. Se exige el permiso de las clases C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E).
Circular el vehículo reseñado sin que conste que su propietario tenga suscrito y mantenga en vigor un contrato de seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de su circulación. (Indicar número de identificación (M0000BBB) o, en su defecto, número de serie y número de certificado que consta en la placa de marcaje. Si no tuviera ninguno, especificar requisitos técnicos).
Nota: Se denunciará por este precepto circular sin seguro con un VMP (>25 kg. MOM) que no es VPL. También para denunciar otros vehículos a motor (según definición del art. 1 bis de la ley del seguro, RDL 8/2004) que no son susceptibles de matricularse (no cumplen los requisitos del Reglamento UE nº 168/2013).
Incumplir el propietario del vehículo reseñado la obligación de suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de su circulación. (Indicar número de identificación (M0000BBB) o, en su defecto, número de serie y número de certificado que consta en la placa de marcaje. Si no tuviera ninguno, especificar requisitos técnicos).
Nota: Se denunciará por este precepto carecer de seguro en un VMP (>25 kg. MOM) que no es VPL. También para denunciar otros vehículos a motor (según definición del art. 1 bis de la ley del seguro, RDL 8/2004) que no son susceptibles de matricularse (no cumplen los requisitos del Reglamento UE nº 168/2013).
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